Nos ha llegado un caso donde consultaban respecto a las vías que ofrece nuestra legislación para obtener la nacionalidad. Al respecto comentamos lo siguiente;
La nacionalidad española se concede por los siguientes motivos;
- Por residencia; Se concede si es que vives de forma legal e ininterrumpida en el territorio español durante al menos diez años.
- Por carta de naturaleza; Se otorga mediante Real decreto siempre que concurran situaciones extraordinarias que la fundamenten.
- A españoles de origen; concedida a todos aquellos cuyo padre o madre sea español de nacimiento.
- Por posesión de estado; concedida a aquellas personas que haya poseído y utilizado esta nacionalidad durante diez años, aún desconociendo su situación real.
- Nacionalidad por opción; Se concede a todos aquellos que cumplan con el supuesto, de que alguno de sus padres sea español o hayan estado bajo la tutela de un español de nacimiento.
A grandes rasgos estas son las razones por las situaciones donde resulta viable solicitar la nacionalidad española, en cualquier caso debes ponerte en contacto con abogados especialistas para que te asesoren correctamente en cada paso por dar.
Siempre estamos dispuestos a ayudarte
En el despacho Octavio Viera Abogados, somos juristas expertos en estos asuntos que pueden ayudarte a resolver tu caso de la forma más diligente y profesional posible. Consultanos siempre que lo veas necesario, es totalmente gratuito.


