En la comunidad de gananciales todo aquello producido o ganado es de ambos cónyuges, teniendo esto en cuenta, es muy común que se presente la duda sobre cuáles son las consecuencias si sacamos dinero de las cuentas bancarias durante el trámite del divorcio.
Hay que considerar…
Para responder esa duda debemos considerar que si en fechas próximas al divorcio, uno de los cónyuges ha dispuesto de cierta cantidad dineraria, y además por un importe elevado, debe acreditar que es para sufragar gastos familiares, de los contrario, se entenderá que ha sido en beneficio privado y por lo tanto a la hora de disolver la sociedad de gananciales, el otro cónyuge tendrá un derecho a crédito contra el que retiró el dinero, por el mismo importe dispuesto.
También debes saber que si un importe dinerario es privativo de unos de los cónyuges y ha sido ingresado en la cuenta corriente conjunta, este pasará a tener el carácter de ganancial.
Eso sí, debes saber…
Que no siempre todos los bienes pasan a ser gananciales, ni tampoco pasan a ser privativos sólo por declararlos como tal, es por ello que siempre es mejor asesorarse con un abogado experto en divorcios para que te oriente correctamente sobre este asunto.
En el despacho Octavio Viera Abogados, somos juristas expertos en estos casos y podemos ayudarte a resolver asunto de la forma más diligente y profesional posible. Consultanos siempre que lo veas necesario, es totalmente gratuito.


