Nos ha llegado un caso donde la inquilina de un inmueble había incumplido con algunos pagos de su alquiler, en consecuencia le llegó una notificación de su casera, informando que iba presentar una demanda de desahucio, y quería saber si tenía algún fundamento jurídico para defenderse en esa situación.
Al respecto le comentamos
Que, sí pagaba la renta debida tenía una posibilidad para enervar el desahucio.
Esto de “enervar” es la facultad que permite a un inquilino de rehabilitar el contrato de arrendamiento mediante el pago de las cantidades adeudadas una vez iniciada la reclamación judicial y evitar, así, el lanzamiento de la vivienda o local, permitiéndole continuar con el arrendamiento, pero esta enervación solo puede hacerse en el caso de contratos de alquiler una vez, la segunda vez que impagues rentas no podrás legalmente enervar esta.
En cualquier caso lo mejor es buscar la ayuda de profesionales para asegurarte de llevar a buen término toda esta situación.
Siempre estamos dispuestos a ayudarte
En el despacho Octavio Viera Abogados, somos juristas expertos en estos casos y podemos ayudarte a resolver asunto de la forma más diligente y profesional posible. Consultanos siempre que lo veas necesario, es totalmente gratuito.


