El finiquito es el documento (y el pago) que liquida lo que la empresa te debe cuando termina tu contrato, sea cual sea el motivo: despido, baja voluntaria, fin de contrato temporal. Y aquí va la primera aclaración importante, porque es el error más repetido: el finiquito no es la indemnización. El finiquito te corresponde siempre; la indemnización, solo en determinados casos (despido improcedente, despido objetivo, fin de contrato temporal). Son conceptos distintos que a menudo se pagan juntos, y ahí está el terreno perfecto para la confusión… y para pagar de menos.
Soy Octavio Viera, abogado laboralista en Las Palmas de Gran Canaria. Te explico qué debe incluir tu finiquito y cómo detectar si está mal calculado.
Qué incluye el finiquito
El finiquito suma, como mínimo, tres conceptos. Primero, el salario de los días trabajados del mes en curso que aún no has cobrado. Segundo, las vacaciones generadas y no disfrutadas: por cada mes trabajado del año generas 2,5 días de vacaciones, y los que no hayas gastado se pagan. Tercero, la parte proporcional de las pagas extraordinarias si no las tienes prorrateadas en nómina. A esto pueden sumarse horas extra pendientes, pluses, comisiones devengadas y bonus proporcionales.
Un ejemplo con números
Imagina un salario de 1.500 € brutos al mes con dos pagas extra, despido con efectos el 20 de septiembre y 10 días de vacaciones sin disfrutar. El finiquito incluiría: 1.000 € por los 20 días trabajados de septiembre; unos 500 € por los 10 días de vacaciones pendientes; y la parte de las pagas extra generada desde la última cobrada (si la de verano se pagó en julio, unos 625 € por los meses de julio a septiembre de la paga de Navidad, según el periodo de devengo del convenio). Total orientativo: unos 2.125 € brutos, además de la indemnización que corresponda si es un despido. Cada convenio tiene matices (periodos de devengo, pluses propios), y ahí es donde los cálculos “de plantilla” fallan.
Las cuatro trampas más habituales
En primer lugar, calcular con el salario de nómina cuando parte del sueldo se cobra fuera de ella: el finiquito (y sobre todo la indemnización) deben calcularse con el salario real. En segundo lugar, “olvidar” las vacaciones no disfrutadas o las pagas extra devengadas. En tercer lugar, la cláusula de saldo y finiquito con renuncia de acciones: un párrafo que dice que “nada más tienes que reclamar” y que puede cerrarte la puerta a pelear el despido. Y en cuarto lugar, la prisa: ponerte el documento delante el mismo día del despido para que firmes en caliente.
Cómo protegerte al firmar
Firmar el finiquito solo acredita que has recibido el documento o la cantidad, pero añade siempre junto a tu firma la expresión “no conforme”: cobras lo que te entregan sin renunciar a reclamar diferencias ni a impugnar el despido. Tienes derecho a solicitar la presencia de un representante de los trabajadores en la firma, y no estás obligado a firmar en el momento: puedes llevarte el documento para revisarlo.
Y recuerda el plazo: las cantidades del finiquito se pueden reclamar durante un año, pero si hay despido de por medio, la impugnación del despido caduca a los 20 días hábiles. No dejes que la negociación del finiquito te consuma el plazo del despido. Tienes la guía completa en el artículo sobre el despido improcedente.
¿Dudas con tu finiquito en Las Palmas?
Revisar un finiquito lleva minutos y puede suponer cientos o miles de euros de diferencia. Si estás en Las Palmas de Gran Canaria, mándame el documento por WhatsApp antes de firmarlo y te digo si los números cuadran.
Octavio Viera · Abogado laboralista · Colegiado ICALPA n.º 2299 · Triana, Las Palmas de Gran Canaria. Información general que no sustituye el asesoramiento sobre tu caso concreto.


